El conjunto de la dirección de obra es conocida como a dirección facultativa. Se define como el técnico o técnicos competentes, designados por el promotor, encargado de la dirección técnica y control técnico de la ejecución de la obra.

Estas figuras son obligatorias en la existencia de obras que disponen de proyecto. Dependiendo del caso y la magnitud de la obra el técnico asume la dirección de la obra puede asumir las tareas de la ejecución y coordinación de seguridad y salud.

En las obligaciones de la dirección de la obra de la ejecución de la obra podemos añadir también la función del control económico de la obra. Esta función cobra vital importancia, ya que habitualmente se producen desvíos de presupuestos y términos de entrega velando siempre por los intereses del cliente.

Dirección Facultativa de Obra

PREGUNTAS FRECUENTES